viernes, 23 de julio de 2010

COMENTARIO: Tomemos una resolución cultural



CePaDeHu quiere compartir con ustedes, esta nota de Jorge Amor Ameal - abogado de profesión.

Ante la inexactitud de la directora del Programa Nacional de Salud Sexual del Ministerio de Salud que había expresado en el Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la ONU que la “Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles (ANP)” se había jerarquizado mediante una resolución ministerial, comenzaron nuevamente a llover críticas y especulaciones que solo pueden justificarse en el oportunismo político, en malas intenciones deliberadas o el simple desconocimiento de la ley y los derechos en juego en la cuestión del aborto.

Tengamos presente que el aborto se encuentra permitido en la Argentina desde 1921 para los casos de peligro en la salud física o psíquica de la mujer (subsume al caso extremo de peligro de vida), en casos de violación y en los de un atentado al pudor de una mujer idiota o demente. No obstante ello, las mujeres que menos tienen se han visto imposibilitadas de ejercer este derecho en los hospitales públicos dadas las limitaciones culturales de los profesionales de la salud y el derecho, que históricamente revictimizaron a las mujeres que requerían este servicio médico sometiéndolas a largos e inciertos procesos judiciales para obtener una autorización absurda para algo que ya se encuentra autorizado. Vale recalcar la larga duración del proceso judicial por la crueldad extrema que significa mantener en vilo arbitrariamente a una mujer embarazada que corre peligro su salud o que ha sido violada, para realizar un procedimiento sanitario perfectamente permitido. Muchas veces estos procedimientos poseen una duración que tornan impracticable la suspensión del embarazo en violación de los derechos de la mujer. Evidentemente, tenemos una cultura que le da más importancia al código canónico (a pesar que no tiene vigencia legal en el país) que al código penal, dejando que el costo lo asuman las mujeres más vulnerables. Muy triste.

En este contexto debemos festejar la resolución (léase decisión) del Ministerio de Salud de distribuir la Guía en los hospitales públicos y ponerla a disposición en internet para todos aquellos profesionales de la salud y el derecho, que deseen consultarla. Es una decisión que vienen postergando desde hace casi 90 años todos los gobiernos. Enhorabuena! Es que en realidad, lo que viene reclamando el Comité de la ONU es la cuestión de fondo: que las mujeres que menos tienen, puedan ejercer su derecho a realizarse un aborto no punible (ANP) en los hospitales públicos, no el dictado de una innecesaria resolución ministerial.

A fin de fundamentar jurídicamente la guía (vale la pena tomarse el trabajo de leerla), el documento en cuestión no solo cita, por supuesto ,el artículo 86 del Código Penal que describe los supuestos de abortos no punibles, sino muchísimas otras normas que justifican su urgente implementación, a saber: la ley 25.673 que crea el programa nacional de salud sexual y procreación responsable y el decreto 1282/03 que lo reglamenta; la ley 26.485 de protección integral a las mujeres; la ley 26.061 de protección integral a los niños, niñas y adolescentes; la ley 26.529 sobre derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud; la ley 23.592 sobre la sanción de actos discriminatorios; artículo 16 y 19 Constitución Nacional (derecho a la igualdad y autonomía); la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Toda la normativa arriba mencionada que fundamenta de modo suficiente el derecho de las mujeres de los sectores más humildes a practicarse un ANP en un hospital público, posee una jerarquía jurídica superior a una resolución de un ministro, pero hoy todos discutimos sobre la resolución ministerial. El árbol nos tapa el bosque!

Nos enfrascamos en discusiones absurdas. Con el matrimonio igualitario ocurrió lo mismo. Miles de debates sobre la legalidad de la adopción de niños o niñas por parte de parejas del mismo sexo. Las parejas homosexuales hace rato que crían chicos y es perfectamente legal. Es que la adopción uniparental ya existía y hubiese sido un escándalo jurídico que una pareja homosexual no formalizada pudiese criar a un chico, mientras una pareja homosexual casada no. Nos embarran la cancha y ni nos damos cuenta.

Seguramente habría que realizar la aclaración pertinente ante el Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la ONU sobre la existencia formal o no de la resolución ministerial en cuestión. No obstante ello, lo relevante aquí sería poder informarle a dicho Comité que la Guía ya se ha distribuido en todos los hospitales públicos y se encuentra en plena implementación; para ello, sobran normas jurídicas que lo fundamenten. No se requiere resolución ministerial alguna. Los directores de hospitales que así lo deseen ya pueden descargarla de internet y tomar todas las medidas necesarias para su urgente aplicación

miércoles, 21 de julio de 2010

MEMORIA: El apagón de Ledesma - 1976

Entre el 20 y el 27 de julio de 1976 la usina de Libertador General San Martín corta el suministro eléctrico en todo el departamento, mientras policías, gendarmes, militares y capataces de Ledesma comienzan a allanar y saquear viviendas en los pueblos de Lib. Gral. San Martín y de Calilegua. En vehículos de la empresa Ledesma son trasladados más de cuatrocientos trabajadores, estudiantes y profesionales a los galpones de mantenimiento del ingenio azucarero, donde permanecen días y meses atados y encapuchados.
Tras la tortura e interrogatorios, algunos son liberados, otros son enviados a comisarías o cuarteles militares; otros aparecen en cárceles de distintas provincias. Tres tumbas han sido halladas en Calilegua.

Más 30 compañeros permanecen desaparecidos, entre ellos, el médico Luis Arédez quien era el Intendente de Ledesma y marido de Olga Marquez de Aredes. Desde entonces Olga, junto a sus cuatro hijos, llevó adelante una lucha incansable en la ciudad de Libertador General San Martín, acompañada por las Madres de Plaza de Mayo.

Olga Aredes murió el 17 de marzo de 2005, víctima de bagazozis. La bagazosis es una enfermedad que se presenta en personas expuestas a la inhalación de polvos de bagazo de caña de azúcar enmohecido. Esta enfermedad la produce el Ingenio Ledesma.

Hoy Ledesma SAAI, sigue presionando a comunidades guaraníes invadiendo sus tierras, eliminando variadas producciones campesinas, deforestando bosques potenciando inundaciones y agravando sequías, destruyendo cementerios ancestrales indígenas, como lo hizo en el paraje El Talar de 2003 hasta la fecha; persiste en negar la contaminación que causa y el daño severo a la población.

¿Ahora, con que azúcar vas a endulzar tu mate?

jueves, 15 de julio de 2010

ACTIVIDADES: TARJETA ROJA al Trabajo Infantil

El pasado sábado 10 de julio, un grupo de vecinos y vecinas participantes de CePaDeHu se convocaron para pintar el mural Contra el Trabajo Infantil. La actividad fue coordinada por Sabrina Antonich. El mural se pinto en las paredes del CASA de Padua en Merlo Norte. Agradecemos el apoyo financiero de Ctera y la Marcha Global Contra el Trabajo Infantil.

Las niñas, niños y jóvenes deben estar en la escuela, tener un hogar digno, contar con atención a la salud, poder jugar y crecer en un ambiente que haga de la niñez una etapa de alegría y no la explotación del trabajo diario.

De acuerdo con cifras oficiales, 456 mil niños son víctimas del trabajo infantil en la Argentina y al menos 218 millones lo padecen en todo el mundo.

PARA LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS EL ÚNICO TRABAJO DEBE SER IR A LA ESCUELA

Para ver más fotos de la actividad hace CLICK


martes, 13 de julio de 2010

LEY DE LA IGUALDAD: Garantizar los Derechos Humanos en un Estado Laico



“Hoy es un día muy importante que sacara a la luz que senadores o senadoras niegan los derechos humanos sin mas justificación que su homofobia. No existe ninguna razón para negar el derecho al matrimonio a las parejas del mismo sexo, y si muchas razones para garantizar la progresividad de los derechos humanos”
dijo Patricio Cabezas vocero de CePaDeHu.

En un sistema de gobierno democrático la mejor manera de garantizar la igualdad es con un Estado Laico sin avalar o discriminar – a través de las leyes – una determinada moral.

CePaDeHu promueve la Ley de la Igualdad por garantizar uno de los principios fundantes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos firmada en 1948, la IGUALDAD. A medida de que llegaba el día de hoy, hemos escuchado y leído argumentos a favor y descalificaciones en contra, a veces con un lenguaje común que fue utilizado con definiciones distintas; entre ellas justicia, igualdad, respeto, derechos de los niños, matrimonio y ley natural entre muchos otros.
La libertad de expresión, en un marco del Estado constitucional de derechos, consolida el la diversidad política, ideológica y religiosa. No así cuando cae en fundamentalismos que generan discriminación y odio.

Por lo que nos preocupa cuando expresiones intolerantes intentan frenar el reconocimiento social y jurídico de las múltiples concepciones sobre la familia, las personas, los estilos de vida, la moral, las identidades sexuales, y de derechos a la salud reproductiva, educación y la cultura, entre otros, como los que se esta dando en Argentina.

CePaDeHu
recuerda que el Estado Argentino ha firmado la Declaración Sobre orientación sexual e identidad de género de Las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008. Esta Declaración condena la violencia, el acoso, la discriminación, la exclusión, la estigmatización y el prejuicio basado en la orientación sexual y la identidad de género. También condena los asesinatos y ejecuciones, las torturas, los arrestos arbitrarios y la privación de derechos económicos, sociales y culturales por estos motivos.

Por tal motivo espera que el Estado Argentino, sus instituciones y por ende, los senadores y senadoras garanticen la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en especial el artículo 1,que establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

La aprobación de la Ley de la Igualdad, que garantiza el derecho al matrimonio, también es importante porque de él dependen otros derechos como ser, el derecho a la adopción de niños y niñas, custodia de hijos e hijas, vivienda, empleo, etc.

Hoy puede ser un gran día para el movimiento de derechos humanos.

Contactos:
cepadehu@gmail.com - 11 6243 6451

sábado, 10 de julio de 2010

PATRICIO RICE - Te vamos a extrañar



Querido Patricio Rice;
Gracias por compartir nuestros talleres para jóvenes, por compartinos tu experiencia de vida y afirmarte en la idea de un mundo mejor, libre de violaciones a los derechos humanos.

Vamos a extrañarte, vamos a visitar cada barrio para no olvidarte!